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Laboral > Topes Indemnizatorios
Resolución 249/97 - Ministerio de Trabajo
Seguridad Social
(B.O. 29.04.1997)
ModifIca el Anexo de la Resolución
N° 1050/96, con relación a la unidad negocial
del Convenio Colectivo de Trabajo N° 44/89.
Bs. As., 23/4/97
VISTO la Resolución
M.T. y S.S. N° 1050, de fecha 20 de diciembre de 1996,
y
CONSIDERANDO:
Que se ha deslizado un error material en el ANEXO de la
Resolución citada.
Que al hacer referencia a la unidad negocial del Convenio
Colectivo de Trabajo (C.C.T.) N° 044/89 se consignó
"Sindicato de capataces estibadores portuarios c/Centro
coordinador actividades portuarias. Apuntadores Marítimos",
donde debió decir "Sindicato de encargados y
apuntadores marítimos c/Centro coordinador actividades
portuarias. Encargados Apuntadores Marítimos".
Que corresponde corregir dicho error, a fin de que los
interesados puedan realizar una adecuada consulta de los
importes promedios de las remuneraciones y de los topes
indemnizatorios fijados.
Por ello.
EL MlNISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1 - Sustitúyese,
en el ANEXO de la Resolución M.T. y S.S. N° 1050/96,
la referencia a la unidad negocial del C.C.T. N° 044/89,
consignándose "Sindicato de encargados y apuntadores
marítimos c/Centro coordinador actividades portuarias.
Encargados Apuntadores Marítimos" en lugar de
"Sindicato de capataces estibadores portuarios c/Centro
coordinador actividades portuarias. Apuntadores Marítimos".
Artículo 2 - Regístrese,
comuníquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación, remítase
copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca
y archívese.-José A. Caro Figueroa.

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