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Resolución N° 412/99
del Ministerio de Economia y Obras y Servicios Públicos
(B.O.
9.4.99)
APRUEBA RECOMENDACIONES
FORMULADAS POR EL GRUPO DE TRABAJO SOBRE COMERCIO ELECTRÓNICO
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA
VISTO el
Decreto N° 1081 del 14 de septiembre de 1998 y el Primer
Informe de Progreso del Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico
y Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO:
Que el mundo está evolucionando muy rápidamente
y una parte muy importante de estos cambios se deben al desarrollo
incesante de la tecnología y la informática.
Que el fomento y desarrollo del comercio electrónico
es de significativa importancia para la inserción de
nuestro país en el mundo del nuevo milenio, como así
también para el crecimiento de nuestro comercio exterior.
Que ha surgido una nueva economía digital que está
desarrollando conceptos innovadores e impensables hasta no
hace mucho tiempo.
Que en el mes de julio de 1998 se creó, en el ámbito
de este Ministerio el Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico
y Comercio Exterior, integrado por las distintas dependencias
gubernamentales vinculadas al comercio con el objetivo de
formular un informe sobre la situación actual del tema
en el país.
Que en el mes de septiembre de ese año, el mencionado
Grupo de Trabajo presentó el Primer Informe de Progreso
sobre Comercio Electrónico y Comercio Exterior, publicado
en el sitio de Internet de este Ministerio.
Que ha raíz del Primer Informe se encomendó
la formulación de recomendaciones para el diseño
de políticas públicas para impulsar el desarrollo
de esta nueva herramienta de progreso.
Que para la elaboración de las mencionadas recomendaciones,
se contó con la colaboración de organizaciones
representativas de los sectores interesados del ámbito
privado.
Que esta medida se enmarca dentro de lo dispuesto por los
artículos 3° y 4° del Decreto N° 1081 del
14 de septiembre de 1998.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente
acto en virtud del artículo 19 de la Ley de Ministerios
(t.o. 1992).
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE:
ARTICULO 1° - Apruébanse
las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo sobre
Comercio Electrónico y Comercio Exterior de este Ministerio
que como anexo integra la presente resolución.
ARTICULO 2°
- Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Dr. Roque Benjamín Fernandez, Ministro de Economía
y Obras y Servicios Públicos.
ANEXO
1) RECOMENDACIONES EN MATERIA DE POLITICA
COMERCIAL
Encomendar a la Subsecretaría de Comercio Exterior:
- Diseñar e implementar estrategias de difusión
y capacitación de los aspectos vinculados con el comercio
electrónico, de alcance nacional, las que estarán
dirigidas principalmente a los organismos y cámaras
empresariales vinculadas al comercio exterior de las provincias.
Estas acciones deberían ser mancomunadas con el sector
privado vinculado con el comercio electrónico, a los
efectos de lograr la sinergia necesaria para un mayor impacto
de esta política.
- Incorporar los temas de comercio electrónico al Programa
"Educar para exportar" anunciado por la mencionada
subsecretaría.
- Diseñar e implementar un relevamiento periódico
de información (cuantitativa y cualitativa) sobre la
utilización del mecanismo de comercio electrónico
por parte de empresas argentinas para vincularse con el mercado
internacional, con el objeto de conformar una base de datos
que pueda servir a múltiples fines, en particular evaluar
el nivel, composición y evolución de la utilización
del comercio electrónico como instrumento para el comercio
exterior.
Encomendar a la Subsecretaría de Comercio
Exterior y recomendar al Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto:
- Diseñar e implementar una red nacional por Internet
que vincule los diferentes organismos de comercio exterior
de las provincias, de la Subsecretaría de Comercio
Exterior y del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, posibilitando futuros enlaces con cámaras,
empresas, universidades y otras instituciones.
- Profundizar el estudio y comprensión del significado
y alcance de los compromisos contraídos por la República
Argentina en relación con el comercio exterior, en
el marco del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios,
así como su interrelación con el resto de los
Acuerdos OMC que pudieran estar involucrados (tal el caso
del Acuerdo sobre Aspectos de Comercio y del Acuerdo General
sobre Aranceles Aduaneros y Comercio), visto la complejidad
de los mismos y las dificultades, reconocidas mundialmente
en precisar terminologías y alcances.
- Realizar un minucioso seguimiento, con participación
en las negociaciones de las discusiones multilaterales que
se llevan a cabo en el transcurso del año 1999, priorizando
las correspondientes a Organización mundial de Comercio
(OMC) y Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA).
- Establecer mecanismos de cooperación con Gobiernos
extranjeros y/u organismos internacionales, así como
con la comunidad universitaria nacional a fin de coadyuvar
a la consecución de los objetivos señalados
en este acápite.
- Establecer un mecanismo de intercambio de información
con el gobierno de la República Federativa de Brasil
a los efectos de definir un programa de trabajo conjunto sobre
comercio electrónico y comercio exterior y su eventual
ampliación de dicho programa a los otros países
miembro del Mercosur.
Encomendar a la Subsecretaría de Política
Tributaria:
- Coordinar un relevamiento de las normas y procedimientos
aduaneros vigentes así como de los sistemas informáticos
a los efectos de determinar:
- El tipo y magnitud de los impactos que podría ocasionar
un crecimiento sustancial de operaciones de comercio exterior
a través del comercio electrónico
- Recomendaciones de modificaciones que convendría
introducir para hacer frente a dichos impactos.
2) RECOMENDACIONES EN MATERIA JURIDICA
A - Privacidad y Seguridad
Recomendar al Ministerio de Justicia y a la Secretaría
de la Función Pública:
- Establecer normas que brinden protección a la privacidad
de datos de los usuarios y consumidores que efectúen
operaciones en línea.
- Adoptar como método para otorgar seguridad a las
transacciones electrónicas a la firma digital basada
en la criptografía de clave pública siguiendo
las tendencias adoptadas en los países que están
a la vanguardia en la materia. A fin de otorgar mayor seguridad
y eficacia al método descripto es necesario crear una
legislación que contemple la existencia de autoridades
certificantes, así como su implementación tanto
en el ámbito público como en el privado.
B - Propiedad Intelectual
Encomendar al Instituto Nacional de Propiedad Industrial y
recomendar al Ministerio de Justicia (Dirección Nacional
de Derechos de Autor):
- Ampliar la legislación vigente en materia de marcas
y derechos de autor a fin de actualizarlas a las necesidades
de nuestros tiempos.
- Otorgar una tutela legal efectiva a la protección
de los contenidos que se distribuyen en línea mediante
protecciones electrónicas insertas en sus archivos
por los propietarios y distribuidores.
- Establecer disposiciones específicas con respecto
a la relación entre marcas comerciales y direcciones
en Internet con el objeto de proporcionar seguridad jurídica
a los comerciantes y consumidores, evitando abusos por parte
de terceros.
Recomendar al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto:
- Propiciar la pronta adhesión de la Argentina a los
nuevos tratados de la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI), como así también, el apoyo
de nuestro país a las propuestas de trabajo que tiendan
a establecer un régimen de protección internacional
a la base de datos originales y a las interpretaciones audiovisuales.
C - Protección de los consumidores
Encomendar a la Subsecretaría de Comercio Interior:
- Replantear las normas tradicionales de protección
de consumidores analizando los eventuales problemas de jurisdicción,
de prestación de servicios en línea, del control
de la calidad, así como también el respeto a
los principios de la lealtad comercial y el control de la
publicidad engañosa.
D - Aspectos financieros
Encomendar a la Subsecretaría de Bancos y Seguros:
- Iniciar un estudio comparado sobre el marco normativo del
tratamiento de los usuarios bancarios de comercio electrónico.
Recomendar al Banco Central de la República Argentina:
- Continuar con el análisis y eventualmente crear los
medios que tiendan a la implementación de los mecanismos
electrónicos de pago acorde con las necesidades actuales.
- Supervisar la actividad bancaria privada de modo tal de
asegurar el cumplimiento de los requisitos de confianza y
seguridad.
- Prevenir la utilización de los medios electrónicos
de pago para la realización de actividades ilícitas,
tales como lavado de dinero en lo relacionado al comercio
electrónico.
3) RECOMENDACIONES EN MATERIA DE POLITICA
TRIBUTARIA
Encomendar a la Subsecretaría de Política Tributaria:
- Realizar un estudio a fin de:
- Examinar el impacto que puede producirse con los impuestos
al consumo (generalizados o selectivos), impuesto a la renta
y acuerdos internacionales de doble imposición, particularmente
el tema de los precios de transferencia, el concepto de identificación
del contribuyente, establecimiento permanente y fuente.
- Analizar los efectos que puede causar en la recaudación
y administración de los impuestos la eliminación
de la intermediación que resulta del comercio electrónico,
acrecentado por las pequeñas sumas que implican la
mayoría de las operaciones y la eliminación
de puntos de recaudación.
- Desarrollar un consenso entre gobierno y el sector privado
para atenuar los efectos negativos que Internet puede producir
en los sistemas impositivos-aduaneros y las prácticas
de auditoría generalmente aceptadas, teniendo en cuenta
particularmente que la naturaleza del sistema es tal que no
tiene localización física, resultando difícil
la identificación de los usuarios, eliminando puntos
de retenciones impositivas y desarrollando los pagos electrónicos,
desplazando el efectivo, cheques y tarjetas de crédito
que constituyen aproximadamente el 90 % de las transacciones
financieras.
- Establecer nuevos métodos que permitan obtener información
y evidencias de los contribuyentes y terceros involucrados
en las transacciones, dentro de los poderes conferidos por
las leyes impositivas y aduaneras, a fin de mantener una neutralidad
en el sistema tributario.
- Distinguir, con relación a los efectos impositivos,
entre "mercaderías" y servicios", siendo
la clasificación de "mercaderías"
utilizada para referirse a la existencia de un bien físico
que implica necesariamente "transporte".
- Establecer los siguientes criterios para que la administración
fiscal busque los caminos apropiados para el tratamiento de
las transacciones realizadas por Internet;
- El sistema tributario debería ser equitativo y neutral,
tratando que contribuyentes en similares situaciones tuviesen
una carga fiscal de similar intensidad.
El sistema debería ser simple y el costo de la recaudación
fiscal minimizada.
Las reglas debería proveer seguridad jurídica
para los contribuyentes, conociendo con certeza que operaciones
estarán sujetas a imposición.
Cualquier sistema adoptado debería ser efectivo, determinando
el impuesto correcto y su hecho imponible. La potencial evasión
y elusión debería ser minimizada.
Las distorsiones económicas debería ser amortiguadas
para evitar que decisiones comerciales tengan efectos impositivos
no previstos en el ámbito local e internacional.
Cualquier carga tributaria debería armonizar con los
principios y tratados internacionales vigentes en materia
fiscal, asegurando neutralidad en la imposición entre
distintos países.

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